STAFF CONTRACTS in the digital age are simpler and faster.
Se entenderá firmado el contrato por el empleador y el trabajador cuando cumpla las condiciones de firma electrónica o digital, establecidas en la Ley 527 de 1999 o en el Decreto 1074 de 2015.
Así lo establece el Gobierno mediante Decreto 526 del 19 de mayo de 2021 firmado por el presidente Iván Duque y el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, que reglamenta de manera inmediata, la firma electrónica en un contrato individual de trabajo y podrá ser suscrita por cualquiera de las partes o por ambas.
La norma establece que la firma electrónica tendrá la misma validez y efectos jurídicos que la manuscrita y destaca que los avances tecnológicos han propiciado la aparición de nuevos escenarios que impulsan el empleo formal, en los cuales se hace necesaria la suscripción de documentos de contratación a través medios electrónicos, con el aseguramiento de su autenticidad y la observancia de los
derechos de trabajadores y empleadores. Así mismo, brinda seguridad jurídica, celeridad y economía.
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